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Mostrando entradas de junio 17, 2018

EL DERECHO DE SER ELEGIDO

Ese derecho a participar en la vida del país, contenido en el artículo 2, inciso 17 de la Constitución, constituye un derecho fundamental y una garantía institucional, en la medida en que promueve el ejercicio de otros derechos fundamentales, en forma individual o asociada. La titularidad de los derechos de las personas jurídicas de derecho privado se desprende implícitamente de nuestra Carta Fundamental, pues mediante dicho dispositivo se reconoce el derecho de toda persona de participar en forma individual o asociada en la vida política, económica, social y cultural de la nación. Este derecho, constituye un derecho fundamental por sí mismo y a su vez, una garantía institucional, en la medida en que promueve el ejercicio de otros derechos fundamentales, sea en forma individual, asociada. El reconocimiento de los derechos constitucionales que se enuncia, algunos por su naturaleza estrictamente personalistas, solo son susceptibles de titularizar por las personas naturales. El