¿QUIÉNES ENSUCIAN LA CIUDAD?

La ciudad se ha visto invadida por paneles electrónicos, paneles publicitarios, banners, pasacalles, afiches y volantes, generando una contaminación visual, haciendo campaña electoral para supuestos candidatos para el proceso Electoral Regional y Municipal 2018, quienes no tienen la condición de tal y solo son meros aspirantes o precandidatos a las elecciones internas de sus organizaciones políticas.

El 10 de enero se convocó a Elecciones Regionales y Municipales 2018, del 11 de marzo al 25 de mayo son las elecciones internas de las organizaciones políticas, el 15 de mayo se instalan los Jurados Electores Especiales. Las organizaciones políticas tendrán del 25 de mayo al 19 de junio como fecha límite para presentar sus listas de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales.

Se considera candidato a aquel ciudadano que se encuentra en la solicitud de inscripción presentada por una Organización Política ante el Jurado Electoral Especial.

Una organización política es la asociación de ciudadanos interesados en particular de los asuntos políticos del país dentro del marco de la Constitución Política del Perú, la Ley de Organizaciones Políticas.

Las organizaciones políticas sin necesidad de permiso de autoridades política o municipal ni pago de arbitrio alguno, pueden difundir propaganda electoral en cualquier modalidad, medio o característica.

Los gobiernos locales, provinciales y distritales son competentes para aprobar mediante ordenanza municipal el reglamento que regule las autorizaciones para la ubicación de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral, así como su retiro luego de la publicación de la resolución de cierre del respectivo proceso.

También, son de competencia para regular lo concerniente a la intensidad sonora de la propaganda electoral difundida mediante altoparlantes, dentro del horario comprendido entre las 08:00 y las 20:00 horas.

Habiendo establecido el Jurado Nacional de Elecciones que se considera candidato al que ha presentado su solicitud de inscripción ante el Jurado Electoral Especial, recién está facultado para hacer propaganda electoral y lo que se viene haciendo es ensuciar la ciudad, por lo cual las municipalidades están facultades vía ordenanzas en sancionar con multas drásticas a los infractores y a las organizaciones políticas y retirar la mal llamada propaganda electoral, toda vez que ninguno de ellos a la fecha es candidato.

Julio César Castiglioni Ghiglino
Lima, 02 de mayo de 2018


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