ACTUALES ALCALDE NO PUEDEN POSTULAR


A pesar de que la ley impide la reelección, varios alcaldes distritales en funciones figuran en las listas de sus partidos para buscar un periodo más. ¿El JNE definirá la procedencia de estas candidaturas cuando las listas se presentan?

Así es. Eso lo estableció el JNE en un oficio en respuesta al presidente de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE), el 10 de abril de este año. 

¿Usted cree que la ley que impide la reelección debe o no debe aplicarse para estas elecciones?

Por supuesto que sí. El artículo 103 de la Constitución establece que una ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Además, se aplica a las situaciones jurídicas existentes y no tiene efecto retroactivo. 

Esto último es lo que los lleva a pretender postular. 

Sí, de esto último quieren agarrarse los alcaldes que buscan reelegirse. Pero lo que se ha aprobado es una norma de carácter procesal que es de aplicación inmediata. No se está violando ningún derecho fundamental. Esta norma se aplica a los procedimientos en curso. 

¿Pero no siendo la ley retroactiva, al no permitirles participar no están vulnerando sus derechos?

Si no se aplicara la ley a estos alcaldes, si ellos tuvieran derecho a postular, también lo tendrían los terroristas, los deudores, los narcotraficantes, los violadores. Ellos dirían que cuando fueron condenados no existía esta norma. No pueden postular. 


Perú21 - 24 de mayo de 2018.

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