ACTUALES ALCALDE NO PUEDEN POSTULAR
A pesar
de que la ley impide la reelección, varios alcaldes distritales en funciones
figuran en las listas de sus partidos para buscar un periodo más. ¿El JNE
definirá la procedencia de estas candidaturas cuando las listas se presentan?
Así es.
Eso lo estableció el JNE en un oficio en respuesta al presidente de la
Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE), el 10 de abril de este
año.
¿Usted
cree que la ley que impide la reelección debe o no debe aplicarse para estas
elecciones?
Por
supuesto que sí. El artículo 103 de la Constitución establece que una ley entra
en vigencia al día siguiente de su publicación. Además, se aplica a las
situaciones jurídicas existentes y no tiene efecto retroactivo.
Esto
último es lo que los lleva a pretender postular.
Sí, de
esto último quieren agarrarse los alcaldes que buscan reelegirse. Pero lo que
se ha aprobado es una norma de carácter procesal que es de aplicación
inmediata. No se está violando ningún derecho fundamental. Esta norma se aplica
a los procedimientos en curso.
¿Pero no siendo la ley retroactiva, al no permitirles participar no están
vulnerando sus derechos?
Si no se
aplicara la ley a estos alcaldes, si ellos tuvieran derecho a postular, también
lo tendrían los terroristas, los deudores, los narcotraficantes, los
violadores. Ellos dirían que cuando fueron condenados no existía esta norma. No
pueden postular.
Perú21 -
24 de mayo de 2018.
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