LAS ELECCIONES MUNICIPALES EN EL PERÚ


LAS ELECCIONES MUNICIPALES EN LA COLONIA

Terminada la fundación de Lima en 1535 Francisco Pizarro designó inmediatamente al primer alcalde que fue el conquistador andaluz Nicolás de Rivera y Laredo conocido como “El Viejo”.

La Constitución de Cádiz promulgada por las Cortes Generales de España el 19 de marzo de 1812 da nacimiento a los ayuntamientos constitucionales a través de los Cabildos, en razón de ello mediante bando del 31 de octubre de 1812 el Virrey Abascal hizo público el Decreto de las Cortes para llevarse a cabo las elecciones parroquiales a partir de diciembre para elegir a los alcaldes, regidores y procuradores síndicos, habiéndose realizado las Primeras Elecciones Municipales en el Perú en 1812 y 1813.

Mediante bando del 31 de octubre de 1812, Abascal hizo de público conocimiento el Decreto de las Cortes del 23 de mayo referente a la –información de los ayuntamientos constitucionales – que desarrollaba las normas de la Constitución alusivas a los Cabildos.

Las elecciones de los primeros ayuntamientos constitucionales en las ciudades del reino se celebraron entre diciembre de 1812 y el transcurso del año 1813. Cada uno de estas afrontó dificultades vinculados realidad política.

El ayuntamiento limeño tomó conocimiento de que, por bando del 7 de diciembre, el Virrey Abascal había establecido las reglas que la Junta Preparatoria que el presidia debía cumplir para la elección de los miembros del Ayuntamiento de Lima. Los miembros a elegir serían dos alcaldes, dieciséis regidores y dos procuradores síndicos por haber en la capital, según el censo realizado, sesenta mil habitantes. Las parroquias y los locales donde se realizarían las votaciones eran el Sagrario de la Catedral (Convento de La Merced), Huérfanos (Convento de San Juan de Dios), Santa Ana (Colegio de San Fernando), San Lázaro (Convento de San Francisco de Paula), San Sebastián (Convento de Santo Domingo).

LEGISLACIÓN SOBRE ELECCIONES MUNICIPALES EN EL PERÚ

El Estatuto Provisional del 08 de octubre de 1821, en su sección sexta, artículos 1° al 3° establecen la existencia de las Municipalidades y la forma de elección; sin embargo, el  su Reglamento Provisional del 12 de diciembre de 1821, no establece nada.

La Constitución Política de La República Peruana del 12 de noviembre de 1823, artículos 138° y 139°, consigna a las Municipalidades y su forma de elección dictándose como consecuencia de ella la Ley Reglamentaria de Elecciones de Municipales del 03 de marzo de 1825.

La Constitución Política 1826, en sus artículos 128° al 129°, establece la existencia de las Municipalidades y su forma de elección.

La Constitución Política de La República Peruana 1828, en sus artículos 140° al 143°, establece la existencia de las Municipalidades y su forma de elección.

La Constitución Política De La República Peruana Dada Por La Convención Nacional del 31 de junio de 1834, establece a las Municipalidades en su artículo 137°; como consecuencia de ello se dicta la Ley Orgánica de Elecciones del 29 de agosto de 1834, y la Ley Orgánica de Municipalidades del 13 de agosto de 1834.

La Constitución Política De La República Peruana del 10 de noviembre de 1839, no establece absolutamente nada sobre las Municipalidades; sin embargo, se dicta la Ley Orgánica de Municipales del 16 de noviembre de 1853.

La Constitución De La República Peruana del 13 de octubre de 1856, en sus artículos 114° al 117°, consigna a la Municipalidades y la forma de elección; como consecuencia de ello se dictó la Ley Orgánica de Municipalidades del 29 de noviembre de 1856.
           
La Constitución Política Del Perú de 1860, en su artículo 118°, consiga a las Municipalidades y su forma de elección; como consecuencia de ello se dictó la Ley Orgánica de Municipalidades del 09 de mayo de 1861., y el Decreto Ley del 30 de noviembre de 1865 que establece la vigencia de la Ley Orgánica de Municipalidades del 09 de mayo de 1861.

La Constitución Política Del Perú 1867, en su artículo 115°, consiga a las Municipalidades y su forma de elección; como consecuencia de ello se dictaron los siguientes dispositivos legales: Ley Orgánica de Municipalidades de 09 de abril 1873, Ley Orgánica Provisional de Municipalidades del 02 de abril de 1883, Nueva Ley de Municipalidades del 14 de octubre de 1892, Ley N° 4012 manda a practicar elecciones municipales en toda la República autorizando el Poder Ejecutivo para nombrar municipalidades provisionales que asuman inmediatamente sus labores comunales mientras aquellas se verifican del 08 de diciembre de 1919, Ley N° 2815, que crean las Juntas escrutadoras departamentales reforma de la ley sobre    elecciones municipales del 10 de noviembre de 1918, Ley N° 1072, Ley Municipales del 08 de marzo de 1909, Ley N° 1560, Reforma la Ley 1072 sobre elecciones municipales de 29 de enero de 1912; y, Ley N° 2815, Juntas escrutadoras departamentales reforma de la Ley sobre elecciones municipales de 04 de noviembre de 1918.

La Constitución Para La República Del Perú 1920, en sus artículos 141° al 142°, establece la existencia de las Municipalidades y forma de elección, por lo cual, se dictaron los siguientes dispositivos legales: Ley N° 5644, Autoriza el nombramiento de Municipalidades Provisionales de 04 de febrero de 1927, Ley N° 7482, Autoriza el Poder Ejecutivo para que nombre municipalidades provisionales mientras se verifican las elecciones de 19 de enero de 1932; y, Ley N° 5035, Prorroga los plazos para las elecciones municipales de 25 de febrero de 1925.

La Constitución Política Del Perú 1933, en sus artículos 203° al 206°, establecen las Municipalidades y su forma de elección; como consecuencia de ello se dictaron los siguientes dispositivos legales: Ley N° 10233, Dispone el establecimiento de Juntas Municipales transitorias elegidas por Asambleas Electorales Municipales de 04 de setiembre de 1945; Ley N° 10537, Disponiendo la administración que la administración comunal se ejercerá por las Juntas Municipales transitorias,   elegidas de acuerdo con la ley 10233 hasta que sea posible la instalación de los municipios elegidos por el pueblo de 06 de abril de 1946; Ley N° 10751, disponiendo que las Juntas Municipales Transitorias ejerzan sus funciones hasta que se instalen los municipios elegidos   de acuerdo con la ley de elecciones municipales 10733 de 30 de diciembre de 1946; Ley N° 10733, Ley de Elecciones Municipales de 05 de diciembre de 1946; Ley N° 12391, Ley que Otorga el Voto Femenino de 07 de setiembre de 1955; Ley N° 13713, Modifique el estatuto electoral vigente de 30 de octubre de 1961; Ley N° 14250, sobre Elecciones políticas aplicable a las elecciones Municipales de 05 de diciembre de 1963; Ley N° 14669, Ley de Elecciones Municipales de 24 de setiembre de 1963; y, Ley N° 18017, designación de los nuevos consejos municipales de 05 de diciembre de 1969.

La Constitución Para La República Del Perú 1979, en su artículo 253°, establece los Municipalidades y su forma de elección; como consecuencia de ello se dictó la Ley N° 26864 Ley de Elecciones Municipales de 14 de octubre de 1997. Ley que ha sufrido varias modificaciones, pero hasta la fecha tiene vigencia.

La Constitución Política Del Perú 1993, en su artículo 194°, establece a los Gobiernos Locales y su forma de elección.

LAS ELECCIONES MUNICIPALES EN LIMA

Fue con la Ley 14669 Ley de elecciones Municipales de 1963, que se llevó a cabo las primeras elecciones municipales con voto secreto y universal.

Las elecciones de 1963 las ganó Luis Bedoya Reyes “El Tucán” por la alianza AP-DC quien enfrentaba a María Delgado de Odría, siendo reelecto en 1966 frente al ingeniero Jorge Grieve Magde candidato de APRA-UNO. “El Tucán” es considerado como el mejor Alcalde que tuvo la ciudad capital, seguida de Alberto Andrade Carmona, que por esas cosas de la vida perteneció al Partido Popular Cristiano, que lidera Luis Bedoya Reyes.

En 1968 se produjo el golpe de estado de Juan Velasco Alvarado, dictadura que duró hasta el año 1980 con Francisco Morales Bermúdez. Durante este período no hubo elecciones y los Alcaldes eran elegidos por el presidente de turno.

Con el retorno de la democracia y las elecciones municipales de 1980 fue elegido alcalde de Lima el arquitecto Eduardo Orrego Villacorta por el Partido Acción Popular. En 1983 fue elegido Alfonso Barrantes Lingan por la Izquierda Unida. En 1986 fue elegido Jorge del Castillo Galvez por el Partido Aprista Peruano con el balconazo de Alan García Pérez. En 1989 es elegido Ricardo Belmont Casinelli por el Movimiento Obras, quien derrota a Juan Incháustegui del Fredemo, siendo reelecto en 1992. Periodo que abandona la Municipalidad por razones personales y la conducción del Gobierno Local, estuvo a cargo del Teniente Alcalde Ivan Dibos Mier y del Regidor Enrique Labarthe Villena.

En 1995 triunfa Alberto Andrade Carmona por el Movimiento Somos Lima siendo reelecto en 1998. El año 2002 es elegido Luis Castañeda Lossio por el partido político Solidaridad Nacional, quien es reelegido en el año 2006. En el año 2010 es elegida alcaldesa Susana Villarán de la Puente por Fuerza Social frente a Lourdes Flores Nano por el partido Popular Cristiano después de la caída Alex Kouri Bumachar, por estar vinculado a la corrupción.

El año 2014, para el periodo 2015-208, el reelegido por tercera vez como alcalde de Lima Luis Castañeda Lossio por el partido político Solidaridad Nacional.

El presente proceso electoral es importante y de mucha responsabilidad porque los gobiernos locales se encuentran sumidos en un descrédito y la corrupción los enloda por lo cual el ciudadano tiene la obligación de pensar bien al momento de emitir su voto, con responsabilidad para elegir el mejor candidato y que regirá los destinos de la ciudad el periodo 2018-2022.

Lima, 22 de marzo de 2018

Julio Cesar Castiglioni Ghiglino

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