LAS ELECCIONES MUNICIPALES EN EL PERÚ
LAS
ELECCIONES MUNICIPALES EN LA COLONIA
Terminada la fundación de Lima en 1535
Francisco Pizarro designó inmediatamente al primer alcalde que fue el
conquistador andaluz Nicolás de Rivera y Laredo conocido como “El Viejo”.
La Constitución de Cádiz promulgada por las
Cortes Generales de España el 19 de marzo de 1812 da nacimiento a los ayuntamientos
constitucionales a través de los Cabildos, en razón de ello mediante bando del
31 de octubre de 1812 el Virrey Abascal hizo público el Decreto de las Cortes
para llevarse a cabo las elecciones parroquiales a partir de diciembre para
elegir a los alcaldes, regidores y procuradores síndicos, habiéndose realizado
las Primeras Elecciones Municipales en el Perú en 1812 y 1813.
Mediante bando del 31 de octubre de 1812,
Abascal hizo de público conocimiento el Decreto de las Cortes del 23 de mayo
referente a la –información de los ayuntamientos constitucionales – que
desarrollaba las normas de la Constitución alusivas a los Cabildos.
Las elecciones de los primeros ayuntamientos
constitucionales en las ciudades del reino se celebraron entre diciembre de
1812 y el transcurso del año 1813. Cada uno de estas afrontó dificultades
vinculados realidad política.
El ayuntamiento limeño tomó conocimiento de
que, por bando del 7 de diciembre, el Virrey Abascal había establecido las
reglas que la Junta Preparatoria que el presidia debía cumplir para la elección
de los miembros del Ayuntamiento de Lima. Los miembros a elegir serían dos
alcaldes, dieciséis regidores y dos procuradores síndicos por haber en la
capital, según el censo realizado, sesenta mil habitantes. Las parroquias y los
locales donde se realizarían las votaciones eran el Sagrario de la Catedral
(Convento de La Merced), Huérfanos (Convento de San Juan de Dios), Santa Ana
(Colegio de San Fernando), San Lázaro (Convento de San Francisco de Paula), San
Sebastián (Convento de Santo Domingo).
LEGISLACIÓN
SOBRE ELECCIONES MUNICIPALES EN EL PERÚ
El Estatuto Provisional del 08 de octubre de
1821, en su sección sexta, artículos 1° al 3° establecen la existencia de las
Municipalidades y la forma de elección; sin embargo, el su Reglamento Provisional del 12 de diciembre
de 1821, no establece nada.
La Constitución Política de La República Peruana
del 12 de noviembre de 1823, artículos 138° y 139°, consigna a las
Municipalidades y su forma de elección dictándose como consecuencia de ella la
Ley Reglamentaria de Elecciones de Municipales del 03 de marzo de 1825.
La Constitución Política 1826, en sus
artículos 128° al 129°, establece la existencia de las Municipalidades y su
forma de elección.
La Constitución Política de La República
Peruana 1828, en sus artículos 140° al 143°, establece la existencia de las
Municipalidades y su forma de elección.
La Constitución Política De La República
Peruana Dada Por La Convención Nacional del 31 de junio de 1834, establece a
las Municipalidades en su artículo 137°; como consecuencia de ello se dicta la
Ley Orgánica de Elecciones del 29 de agosto de 1834, y la Ley Orgánica de
Municipalidades del 13 de agosto de 1834.
La Constitución Política De La República
Peruana del 10 de noviembre de 1839, no establece absolutamente nada sobre las
Municipalidades; sin embargo, se dicta la Ley Orgánica de Municipales del 16 de
noviembre de 1853.
La Constitución De La República Peruana del
13 de octubre de 1856, en sus artículos 114° al 117°, consigna a la
Municipalidades y la forma de elección; como consecuencia de ello se dictó la
Ley Orgánica de Municipalidades del 29 de noviembre de 1856.
La Constitución Política Del Perú de 1860, en
su artículo 118°, consiga a las Municipalidades y su forma de elección; como
consecuencia de ello se dictó la Ley Orgánica de Municipalidades del 09 de mayo
de 1861., y el Decreto Ley del 30 de noviembre de 1865 que establece la
vigencia de la Ley Orgánica de Municipalidades del 09 de mayo de 1861.
La Constitución Política Del Perú 1867, en su
artículo 115°, consiga a las Municipalidades y su forma de elección; como
consecuencia de ello se dictaron los siguientes dispositivos legales: Ley
Orgánica de Municipalidades de 09 de abril 1873, Ley Orgánica Provisional de
Municipalidades del 02 de abril de 1883, Nueva Ley de Municipalidades del 14 de
octubre de 1892, Ley N° 4012 manda a practicar elecciones municipales en toda
la República autorizando el Poder Ejecutivo para nombrar municipalidades
provisionales que asuman inmediatamente sus labores comunales mientras aquellas
se verifican del 08 de diciembre de 1919, Ley N° 2815, que crean las Juntas
escrutadoras departamentales reforma de la ley sobre elecciones municipales del 10 de noviembre
de 1918, Ley N° 1072, Ley Municipales del 08 de marzo de 1909, Ley N° 1560,
Reforma la Ley 1072 sobre elecciones municipales de 29 de enero de 1912; y, Ley
N° 2815, Juntas escrutadoras departamentales reforma de la Ley sobre elecciones
municipales de 04 de noviembre de 1918.
La Constitución Para La República Del Perú
1920, en sus artículos 141° al 142°, establece la existencia de las
Municipalidades y forma de elección, por lo cual, se dictaron los siguientes
dispositivos legales: Ley N° 5644, Autoriza el nombramiento de Municipalidades
Provisionales de 04 de febrero de 1927, Ley N° 7482, Autoriza el Poder
Ejecutivo para que nombre municipalidades provisionales mientras se verifican
las elecciones de 19 de enero de 1932; y, Ley N° 5035, Prorroga los plazos para
las elecciones municipales de 25 de febrero de 1925.
La Constitución Política Del Perú 1933, en
sus artículos 203° al 206°, establecen las Municipalidades y su forma de
elección; como consecuencia de ello se dictaron los siguientes dispositivos
legales: Ley N° 10233, Dispone el establecimiento de Juntas Municipales
transitorias elegidas por Asambleas Electorales Municipales de 04 de setiembre
de 1945; Ley N° 10537, Disponiendo la administración que la administración
comunal se ejercerá por las Juntas Municipales transitorias, elegidas de acuerdo con la ley 10233 hasta
que sea posible la instalación de los municipios elegidos por el pueblo de 06
de abril de 1946; Ley N° 10751, disponiendo que las Juntas Municipales
Transitorias ejerzan sus funciones hasta que se instalen los municipios
elegidos de acuerdo con la ley de
elecciones municipales 10733 de 30 de diciembre de 1946; Ley N° 10733, Ley de Elecciones
Municipales de 05 de diciembre de 1946; Ley N° 12391, Ley que Otorga el Voto
Femenino de 07 de setiembre de 1955; Ley N° 13713, Modifique el estatuto
electoral vigente de 30 de octubre de 1961; Ley N° 14250, sobre Elecciones
políticas aplicable a las elecciones Municipales de 05 de diciembre de 1963;
Ley N° 14669, Ley de Elecciones Municipales de 24 de setiembre de 1963; y, Ley
N° 18017, designación de los nuevos consejos municipales de 05 de diciembre de
1969.
La Constitución Para La República Del Perú
1979, en su artículo 253°, establece los Municipalidades y su forma de
elección; como consecuencia de ello se dictó la Ley N° 26864 Ley de Elecciones
Municipales de 14 de octubre de 1997. Ley que ha sufrido varias modificaciones,
pero hasta la fecha tiene vigencia.
La Constitución Política Del Perú 1993, en su
artículo 194°, establece a los Gobiernos Locales y su forma de elección.
LAS
ELECCIONES MUNICIPALES EN LIMA
Fue con la Ley 14669 Ley de elecciones
Municipales de 1963, que se llevó a cabo las primeras elecciones municipales
con voto secreto y universal.
Las elecciones de 1963 las ganó Luis Bedoya
Reyes “El Tucán” por la alianza AP-DC quien enfrentaba a María Delgado de
Odría, siendo reelecto en 1966 frente al ingeniero Jorge Grieve Magde candidato
de APRA-UNO. “El Tucán” es considerado como el mejor Alcalde que tuvo la ciudad
capital, seguida de Alberto Andrade Carmona, que por esas cosas de la vida
perteneció al Partido Popular Cristiano, que lidera Luis Bedoya Reyes.
En 1968 se produjo el golpe de estado de Juan
Velasco Alvarado, dictadura que duró hasta el año 1980 con Francisco Morales
Bermúdez. Durante este período no hubo elecciones y los Alcaldes eran elegidos
por el presidente de turno.
Con el retorno de la democracia y las
elecciones municipales de 1980 fue elegido alcalde de Lima el arquitecto
Eduardo Orrego Villacorta por el Partido Acción Popular. En 1983 fue elegido
Alfonso Barrantes Lingan por la Izquierda Unida. En 1986 fue elegido Jorge del
Castillo Galvez por el Partido Aprista Peruano con el balconazo de Alan García
Pérez. En 1989 es elegido Ricardo Belmont Casinelli por el Movimiento Obras,
quien derrota a Juan Incháustegui del Fredemo, siendo reelecto en 1992. Periodo
que abandona la Municipalidad por razones personales y la conducción del
Gobierno Local, estuvo a cargo del Teniente Alcalde Ivan Dibos Mier y del
Regidor Enrique Labarthe Villena.
En 1995 triunfa Alberto Andrade Carmona por
el Movimiento Somos Lima siendo reelecto en 1998. El año 2002 es elegido Luis
Castañeda Lossio por el partido político Solidaridad Nacional, quien es
reelegido en el año 2006. En el año 2010 es elegida alcaldesa Susana Villarán
de la Puente por Fuerza Social frente a Lourdes Flores Nano por el partido Popular
Cristiano después de la caída Alex Kouri Bumachar, por estar vinculado a la
corrupción.
El año 2014, para el periodo 2015-208, el
reelegido por tercera vez como alcalde de Lima Luis Castañeda Lossio por el
partido político Solidaridad Nacional.
El presente proceso electoral es importante y
de mucha responsabilidad porque los gobiernos locales se encuentran sumidos en
un descrédito y la corrupción los enloda por lo cual el ciudadano tiene la
obligación de pensar bien al momento de emitir su voto, con responsabilidad
para elegir el mejor candidato y que regirá los destinos de la ciudad el
periodo 2018-2022.
Lima, 22 de marzo de 2018
Julio Cesar Castiglioni Ghiglino
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