Ley municipal no establece arrebato de bienes a comerciantes ambulantes

Si bien el comercio ambulatorio está prohibido, no está permitida la confiscación de los bienes y menos golpear a los vendedores, como suele hacerse en diferentes distritos de Lima, afirmó el experto en derecho municipal,  Julio César Castiglioni.


"El personal municipal debe invitar a que los ambulantes se retiren, no deben quitarles el bien y menos golpearlos", dijo Castiglioni.

Se supo que cuatro agentes de Fiscalización de San Isidro fueron separados de sus puestos por el mal proceder con los comerciantes y con Urrutia.



La República - 20 de noviembre del 2015

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