BARRANCO ESTÁ IMPEDIDO DE SUBASTAR ÁREA DEL ACANTILADO INVADIDA POR CONSTRUCTORA



La Defensoría del Pueblo y la Autoridad del Proyecto Costa Verde (APCV) han comunicado a la Municipalidad de Barranco que no puede ejecutar la subasta de 105,08m2 de terreno del acantilado, acordada en la sesión de concejo del 26 de junio.

Ambas entidades argumentan que el impedimento se da por irregularidades en los trámites de la obra y por la intangibilidad de los acantilados, decretada en el 2010 por la Ordenanza N°1414 de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

El área fue invadida por la constructora El Ancla Group S.A.C., durante la construcción del edificio Acquamarina, entre la calle 28 de julio y el malecón.

La licencia de obra fue dada en el 2006, en la gestión edilicia de Martín del Pomar, y la conformidad de obra, en el 2009, en el período de Antonio Mezarina.

Según el Acuerdo de Concejo N° 044-2013-MDB, de la sesión del 26 de junio, firmado recién el pasado miércoles, a la constructora ofreció a la comuna US$1.500 por cada m2 de propiedad municipal invadido y construido, y US$ 355.670 como compensación por el uso indebido de toda esa área.


OPINIÓN


ACÁ HAY UNA CAUSAL DE VACANCIA

JULIO CÉSAR CASTIGLIONI

Según el abogado municipalista Julio César Castiglioni, la ley faculta a los gobiernos locales a someter a subasta bienes que administran, previo acuerdo de concejo. “Sin embargo – explica  Castiglioni - , en el caso del área invadida por el edificio Acquamarina, si la Municipalidad de Barranco concreta la subasta, estaría legalizando la comisión de un ilícito penal”.

“Hubo usurpación por parte del invasor y negligencia de las autoridades municipales, quienes no paralizaron la obra en su momento o no pelearon judicialmente la nulidad de la conformidad de obra en el plazo legal”, agrega.

Para eso último hubo plaza hasta el 2010 en la vía administrativa y hasta el 2012 en la judicial.

“Barranco está amarrado porque la intangibilidad impide una subasta. Esta gestión (de Jesús Vargas) cayó en abuso de autoridad por omisión en los últimos dos años. Eso es causal de vacancia”, dice.

Como no se anuló la conformidad de obra, no puede haber juicio por desalojo ni demolición, añade.





El Comercio – 26 de julio de 2013

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