Especialistas advierten que leyes permiten a los vecinos interponer demandas. Burgomaestres podrían estar cometiendo abuso de autoridad por omisión.
PUEDEN DENUNCIAR A ALCALDES POR RETRASOS DE OBRAS
VIALES
El retraso de las obras viales en Lima
no solo está originando que se prolonguen más tiempo los congestionamientos
vehiculares, sino que también está perjudicando a muchos negocios y perturbando
la tranquilidad de los vecinos de diversos distritos.
¿Pero estos insoportables retrasos
pueden ser sancionados o simplemente los sufridos ciudadanos deben tener
paciencia? Para el especialista en derecho municipal, Julio César Castiglioni,
los alcaldes podrían ser denunciados penalmente si se comprueba que han
cometido el delito de abuso de autoridad por omisión al no denunciar a las
empresas contratistas que inculpan los plazos establecidos en el contrato.
Castiglioni explica que en todo
proceso de selección de la compañía que ejecutará una obra, se establece en las
bases las fechas de inicio y de culminación. Así, la que gana la licitación se
compromete a terminarla en el plazo fijado. La L ey de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado regula este proceso.
“Si incumple el contrato, la administración
municipal está en la obligación de resolverlo, ejecutar la carta fianza e
informar a Consucode para sancionar a la empresa”, señala.
Pero actualmente esto no se cumple ya
que – explica Castiglioni – los gobiernos locales y también los municipios
provinciales tienen la mala costumbre de incluir addendas en los contratos.
“Si el gobierno local no resuelve el
contrato, el alcalde asume la responsabilidad de carácter administrativo y
comete abuso de autoridad por omisión. Solo se puede pedir una prórroga de
plazo por contingencias imprevistas – como hallar un manantial subterráneo – lo
que obliga a replantar los trabajos”, manifiesta.
El especialista también refiere que la
modalidad de usar addendas es “ una desnaturalización del contrato” y que se
incurre en competencia desleal con los postores que no pudieron participar en
la licitación por considerar los plazos muy cortos.
Perú
21 – Lima, 27 de junio de 2008
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