ES LEGAL, PERO SE AFECTA AL CONCEJO.

La decisión de la Municipalidad de Lima de asumir el costo de las revisiones técnicas complementarias para los taxistas inscritos en el Setame puede encuadrarse dentro de la potestad tributaria que tienen los gobiernos locales de crear  tasas, contribuciones, arbitrios y derechos, reconocida en el artículo 74 de la Constitución Política del Estado. Por acuerdo de concejo, las municipalidades pueden exonerar de ese pago, tal como lo hacen cuando organizan matrimonios civiles masivos, en los que se exime del pago de ciertos derechos a los contrayentes de esa manera.

En todo caso, habría que ver en primer lugar el procedimiento que se ha seguido para aprobar esa exoneración y, además, si va a ayudar a los taxistas para que puedan pasar de la manera más oportuna sus revisiones  técnicas.

No obstante ello, se observa en esa decisión un perjuicio para la comuna que deja de percibir un monto que estaba ya establecido y que debía estar presupuestado. Incluso, puede darse el caso de que esa exoneración pueda perjudicar la fiscalización exhausta que podría hacer el Concejo de Lima del proceso de revisiones técnicas.



EL COMERCIO, MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DE 2007.

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