ES LEGAL, PERO SE AFECTA AL CONCEJO.
La decisión de la Municipalidad de Lima de asumir el
costo de las revisiones técnicas complementarias para los taxistas inscritos en
el Setame puede encuadrarse dentro de la potestad tributaria que tienen los
gobiernos locales de crear tasas,
contribuciones, arbitrios y derechos, reconocida en el artículo 74 de la
Constitución Política del Estado. Por acuerdo de concejo, las municipalidades
pueden exonerar de ese pago, tal como lo hacen cuando organizan matrimonios
civiles masivos, en los que se exime del pago de ciertos derechos a los
contrayentes de esa manera.
En todo caso, habría que ver en primer lugar el
procedimiento que se ha seguido para aprobar esa exoneración y, además, si va a
ayudar a los taxistas para que puedan pasar de la manera más oportuna sus
revisiones técnicas.
No obstante ello, se observa en esa decisión un
perjuicio para la comuna que deja de percibir un monto que estaba ya
establecido y que debía estar presupuestado. Incluso, puede darse el caso de
que esa exoneración pueda perjudicar la fiscalización exhausta que podría hacer
el Concejo de Lima del proceso de revisiones técnicas.
EL COMERCIO, MIÉRCOLES 17 DE OCTUBRE DE 2007.
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