EL CONCEJO METROPOLITADO DE LIMA REBAJA LAS MULTAS DE 48 INFRACCIONES MUNICIPALES.
Advierten que se relajan las sanciones pero se
afecta el derecho a la defensa.
No pasó ni medio año y la Municipalidad de Lima
cambió su Reglamento d Aplicación de
Sanciones (RAS). La norma anterior había entrado en vigencia recién el 8
de enero, pero aparentemente nunca es demasiado pronto para introducir cambios
que hagan saltar de sus asientos a los especialistas.
Julio César Castiglioni, abogado especialista en
temas municipales, tampoco está conforme con la nueva ordenanza, aunque le
parece favorable que en ella se precise
aspectos referidos a los tipos de sanciones y a los procedimientos de reclamos.
Desde su punto de vista, la norma es muy laxa al
fijar las sentencias complementarias. “Por ejemplo, para los negocios que
funcionan sin licencia se establece el cierre del local hasta que regularice su
situación. Debería ser clausurada definitiva. De igual modo, solo se establece
una clausura por tres días por desarrollar giros incompatibles con los
autorizados. Esta flexibilidad no se condice con el objetivo de rescatar el
Centro Histórico y Lima”, asegura.
El concejo metropolitano también ha extendido el
plazo para la prescripción de la deuda, que ha pasado de tres años a cinco.
Castiglioni está de acuerdo con esta medida; en cambio, a Flores le parece
incoherente, porque mientras más tiempo pasa, resulta más difícil hacer cumplir
las sanciones. “Lo que se debería hacer es mejorar la gestión administrativa”,
sugiere Flores.
La Ordenanza 1014, que modifica el Reglamento de Aplicación
de Sanciones de la Municipalidad de
Lima, crea 28 nuevas infracciones.
Si hay una novedad que generará un consenso a favor,
será aquella que castiga con media unidad impositiva tributaria (S/. 1.725) a
los establecimientos que no cumplan con brindar atención preferente a las
mujeres embarazadas, niños, ancianos y personas con discapacidad.
La Ley 27408, Ley de Atención Preferente, ordena que
los establecimientos que atiendan al público, tanto públicos como privados,
adecúen su infraestructura y sus procedimientos para brindar facilidades a los
grupos mencionados.
Además, señala que las municipalidades contralarán
el cumplimiento de la disposición. Sin embargo, a febrero de este año solo tres
concejos de Lima (San Isidro, San Martín de Porres y San Borja) habían aprobado
normas al respecto.
Julio César Castiglioni identifica otro elemento positivo
de la ordenanza. A diferencia de antes, ahora podrán imponer a la vez multas y
sanciones no pecuniarias como el cierre del local.
EL COMERCIO, MIÉRCOLES 20 DE JUNIO DE 2007.
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