EL CONCEJO METROPOLITADO DE LIMA REBAJA LAS MULTAS DE 48 INFRACCIONES MUNICIPALES.

Advierten que se relajan las sanciones pero se afecta el derecho a la defensa.

No pasó ni medio año y la Municipalidad de Lima cambió su Reglamento d Aplicación de  Sanciones (RAS). La norma anterior había entrado en vigencia recién el 8 de enero, pero aparentemente nunca es demasiado pronto para introducir cambios que hagan saltar de sus asientos a los especialistas.

Julio César Castiglioni, abogado especialista en temas municipales, tampoco está conforme con la nueva ordenanza, aunque le parece favorable  que en ella se precise aspectos referidos a los tipos de sanciones y a los procedimientos de reclamos.

Desde su punto de vista, la norma es muy laxa al fijar las sentencias complementarias. “Por ejemplo, para los negocios que funcionan sin licencia se establece el cierre del local hasta que regularice su situación. Debería ser clausurada definitiva. De igual modo, solo se establece una clausura por tres días por desarrollar giros incompatibles con los autorizados. Esta flexibilidad no se condice con el objetivo de rescatar el Centro Histórico y Lima”, asegura.

El concejo metropolitano también ha extendido el plazo para la prescripción de la deuda, que ha pasado de tres años a cinco. Castiglioni está de acuerdo con esta medida; en cambio, a Flores le parece incoherente, porque mientras más tiempo pasa, resulta más difícil hacer cumplir las sanciones. “Lo que se debería hacer es mejorar la gestión administrativa”, sugiere Flores.



La Ordenanza 1014, que modifica el Reglamento de Aplicación de  Sanciones de la Municipalidad de Lima, crea 28 nuevas infracciones.

Si hay una novedad que generará un consenso a favor, será aquella que castiga con media unidad impositiva tributaria (S/. 1.725) a los establecimientos que no cumplan con brindar atención preferente a las mujeres embarazadas, niños, ancianos y personas con discapacidad.

La Ley 27408, Ley de Atención Preferente, ordena que los establecimientos que atiendan al público, tanto públicos como privados, adecúen su infraestructura y sus procedimientos para brindar facilidades a los grupos mencionados.

Además, señala que las municipalidades contralarán el cumplimiento de la disposición. Sin embargo, a febrero de este año solo tres concejos de Lima (San Isidro, San Martín de Porres y San Borja) habían aprobado normas al respecto.


Julio César Castiglioni identifica otro elemento positivo de la ordenanza. A diferencia de antes, ahora podrán imponer a la vez multas y sanciones no pecuniarias como el cierre del local.


EL COMERCIO, MIÉRCOLES 20 DE JUNIO DE 2007.

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