SESIONES DE CONCEJO EN LIMA A PUERTAS CERRADAS.
¿RESTRICCIONES A LA LIBERTAD DE PRENSA EN LA COMUNA?
La prensa tiene dificultades para ingresar a
asambleas ediles en palacio municipal.
Ex regidor metropolitano sostiene que se trata de una
mala costumbre de Castañeda.
Inexplicable. Las sesiones del Concejo Metropolitano
de Lima deben ser públicas, de acuerdo con la ley. Sin embargo, la prensa
tiene, desde hace un tiempo, dificultades para ingresar a dichas asambleas.
El martes último, cuando se trató el tema del Tren
Eléctrico –de interés público-, no se permitió el ingreso a un redactor y a un
fotógrafo de este diario. El pasado jueves 11, día de la primera sesión de
concejo de este año, se dejó entrar a un grupo de periodistas luego de más de
30 minutos de espera. Asimismo, el año pasado se negó el acceso de los reporteros
a los debates de temas importantes, como las obras en la Costa Verde o las
zonificaciones.
Sobre esta situación se buscó la versión del
teniente alcalde de Lima, Marco Parra –quién suele presidir estas reuniones -,
pero fue imposible.
COSTUMBRES. El ex regidor de Lima Augusto Ortiz de
Zevallos opinó que era una “costumbre” de Castañeda trabajar a puertas
cerradas. “Cuando se debatió el tema de Barranco, solo se dejó ingresar a los
vecinos que estaban a favor de las construcciones en las playas. Hay una
tendencia reiterada de la gestión de Castañeda a no informar y a no asistir a
las sesiones. Esperemos que cambie”, señalo Ortiz de Zevallos.
Para el abogado Julio César Castiglioni, experto en
derecho municipal, prohibir el ingreso del público a las sesiones del Concejo
Metropolitano es una violación a la Ley Orgánica de Municipalidades: “La Prensa,
como entre fiscalizador de la gestión pública, debe tener un lugar especial
para cubrir las asambleas de regidores. No permitir su ingreso es un recorte
del derecho a la información y atenta contra la libertad de prensa.”
Lo que dice la Ley Orgánica de Municipalidades sobre
la asamblea de regidores.
ARTICULO 13.
Las sesiones del concejo municipal son públicas,
salvo que se refieren a asuntos que puedan afectar los derechos fundamentales
al honor, la intimidad personal o familiar y la propia imagen.
PERÚ 21, JUEVES 18 DE ENERO DE 2007.
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