MUNICIPALIDAD DE LIMA APROBÓ COBRO DE ARBITRIOS A 37 DISTRITOS.
Pero la mayoría
no ha cumplido con publicar ordenanza en
“El Peruano”
Dichos montos se
elaboran sin la participación de los vecinos
A diferencia del
año pasado cuando la Municipalidad de Lima rechazó las ordenanzas de nueve
concejos distritales por concepto de arbitrios (cobro por la limpieza pública,
serenazgo y el mantenimiento de áreas verdes), todo parece indicar que no habrá
este tipo de problema para el período 2007. Hasta el momento el pleno del Concejo Metropolitano ha
dado luz verde a las solicitudes de ratificación de las ordenanzas que
presentaron 37 distritos limeños, entre los que figuran San Isidro, La Molina,
Miraflores, Surco, San Borja, Magdalena, Pueblo Libre y Jesús María.
Sin embargo,
todavía quedan cinco distritos a la espera de la ratificación. Estos son
Chorrillos, Chaclacayo, Chosica, La Victoria y San Martín de Porres. Sus
expedientes técnicos son evaluados por el SAT (órgano recaudador y de
administración tributaria de la comuna limeña). Si reúnen los criterios
determinados por el Tribunal Constitucional, la Defensoría del Pueblo y La Ley
de Tributación Municipal, serán ratificados en la última sesión de concejo del
año de la Municipalidad de Lima, este martes 26.
NO CUMPLEN CON
LA LEY.
Según Julio Castiglioni,
especialista en administración municipal, ningún concejo distrital ha cumplido
con la prepublicación de la estructura de costos de los arbitrios que piensa
cobrar a sus contribuyentes como la ordena el Decreto Legislativo 776: Ley de
Tributación Municipal.
“Los concejos
han enviado sus ordenanzas a la Municipalidad de Lima sin cumplir este
requisito. El Concejo Metropolitano debería exigir su cumplimiento para otorgar
la ratificación, pero tampoco lo hace”, señala Castiglioni, quien espera que
las comunas distritales esta vez hayan sincerado la estructura de costos a la
hora de acordar los montos por cobrar, pues dice que algunos incluían en ellos
gastos que no tenían nada que ver con el servicio prestado, como el uso del
despacho municipal.
La ruta de los
arbitrios.
1. La alcaldía
presenta el proyecto al concejo municipal, 2. La comisión de economía y
presupuesto del concejo distrital emite el dictamen, 3. El pleno del concejo
distrital aprueba por ordenanza la estructura de costos y los criterios para
determinar los montos de los arbitrios, 4. La municipalidad distrital remite la
ordenanza a la municipalidad provincial para la ratificación, 5. La estructura
de costos y los criterios para determinar los montos de arbitrios son
estudiados por la oficina de rentas o el SAT de la municipalidad provincial, 6.
La comisión de economía y presupuesto del concejo provincial emite el dictamen,
7. El pleno del concejo municipal provincial acuerda ratificar o rechazar la
ordenanza distrital, 8. PUBLICACIÓN OBLIGATORIA. La publicación se hace en el
diario oficial “El Peruano”.
EL COMERCIO,
SÁBADO 23 DE DICIEMBRE DEL 2006.
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