MUNICIPALIDAD DE LIMA APROBÓ COBRO DE ARBITRIOS A 37 DISTRITOS.

Pero la mayoría no ha cumplido con  publicar ordenanza en “El Peruano”

Dichos montos se elaboran sin la participación de los vecinos

A diferencia del año pasado cuando la Municipalidad de Lima rechazó las ordenanzas de nueve concejos distritales por concepto de arbitrios (cobro por la limpieza pública, serenazgo y el mantenimiento de áreas verdes), todo parece indicar que no habrá este tipo de problema para el período 2007. Hasta el  momento el pleno del Concejo Metropolitano ha dado luz verde a las solicitudes de ratificación de las ordenanzas que presentaron 37 distritos limeños, entre los que figuran San Isidro, La Molina, Miraflores, Surco, San Borja, Magdalena, Pueblo Libre y Jesús María.

Sin embargo, todavía quedan cinco distritos a la espera de la ratificación. Estos son Chorrillos, Chaclacayo, Chosica, La Victoria y San Martín de Porres. Sus expedientes técnicos son evaluados por el SAT (órgano recaudador y de administración tributaria de la comuna limeña). Si reúnen los criterios determinados por el Tribunal Constitucional, la Defensoría del Pueblo y La Ley de Tributación Municipal, serán ratificados en la última sesión de concejo del año de la Municipalidad de Lima, este martes 26.

NO CUMPLEN CON LA LEY.
Según Julio Castiglioni, especialista en administración municipal, ningún concejo distrital ha cumplido con la prepublicación de la estructura de costos de los arbitrios que piensa cobrar a sus contribuyentes como la ordena el Decreto Legislativo 776: Ley de Tributación Municipal.

“Los concejos han enviado sus ordenanzas a la Municipalidad de Lima sin cumplir este requisito. El Concejo Metropolitano debería exigir su cumplimiento para otorgar la ratificación, pero tampoco lo hace”, señala Castiglioni, quien espera que las comunas distritales esta vez hayan sincerado la estructura de costos a la hora de acordar los montos por cobrar, pues dice que algunos incluían en ellos gastos que no tenían nada que ver con el servicio prestado, como el uso del despacho municipal.

La ruta de los arbitrios.
1. La alcaldía presenta el proyecto al concejo municipal, 2. La comisión de economía y presupuesto del concejo distrital emite el dictamen, 3. El pleno del concejo distrital aprueba por ordenanza la estructura de costos y los criterios para determinar los montos de los arbitrios, 4. La municipalidad distrital remite la ordenanza a la municipalidad provincial para la ratificación, 5. La estructura de costos y los criterios para determinar los montos de arbitrios son estudiados por la oficina de rentas o el SAT de la municipalidad provincial, 6. La comisión de economía y presupuesto del concejo provincial emite el dictamen, 7. El pleno del concejo municipal provincial acuerda ratificar o rechazar la ordenanza distrital, 8. PUBLICACIÓN OBLIGATORIA. La publicación se hace en el diario oficial “El Peruano”.


EL COMERCIO, SÁBADO 23 DE DICIEMBRE DEL 2006.

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