DAN NUEVO PLAZO A CONCEJOS PARA QUE REGULARICEN COBRO DE ARBITRIOS.
UN PREMIO A LA INEFICIENCIA.
Hasta el 15 de
julio podrán emitir normas para cobrar desde el año 2002
El 31 de
diciembre del año pasado venció el plazo para que las municipalidades
distritales de todo el país aprobaron las nuevas ordenanzas que les permitiera,
a partir de este año, hacer los cobros de sus arbitrios correspondientes a este
año y también el período 2002-2005.
Es hasta esa
fecha que este nuevo conjunto de normas, una vez aprobadas, debían ser también ratificadas
por los concejos provinciales y publicadas en el diario oficial “El Peruano”. La
razón: El Tribunal Constitucional derogó todas las ordenanzas anteriores al
considerar que se violaba una serie de disposiciones constitucionales.
El especialista
en derecho municipal, Julio César Castiglioni, advirtió que al no aprobar el
cobro de sus arbitrios en la fecha establecida en la Ley de Tributación
Municipal, las municipalidades distritales sumían en un caos a sus
jurisdicciones. Por un lado – explicó- no pueden cobrar sus arbitrios al no
contar con el marco legal correspondiente y, además, no están en capacidad de
ofrecer esos servicios a sus vecinos.
Explicó que los arbitrios son tasas o pagos que deben
realizar los vecinos por los servicios que le ofrece su concejo, como el de
limpieza pública, áreas verdes y serenazgo.
Aunque pueda
parecer contradictorio, las municipalidades distritales que no aprobaron sus
ordenanzas hasta el 31 de diciembre, podrían cobrar sus arbitrios del período
2002-2005, pero no los que corresponden de enero a junio de este año. En el
primer caso, porque fueron autorizadas a hacerlo por el Tribunal
Constitucional, pero en el segundo caso porque rige el principio de
irretroactividad de las normas.
Así coincidieron
en señalar el especialista en derecho municipal, Julio César Castiglioni,
quienes explicaron que para los arbitrios de este año las municipalidades
cobran cobrarlo recién a partir del mes siguiente que publiquen la norma. Sin embargo,
algunas municipalidades, como la de Breña, por ejemplo, ya está exigiendo el
pago de los arbitrios a sus vecinos.
En el caso de la
disposición del Tribunal Constitucional, un grupo de organizaciones vecinales
ha denunciado al Estado Peruano ante la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos por considerar que ordenar la retroactividad de una norma era una
violación a los derechos fundamentales.
EL COMERCIO, MIÉRCOLES,
21 DE JUNIO DEL 2006.
Comentarios
Publicar un comentario