DAN NUEVO PLAZO A CONCEJOS PARA QUE REGULARICEN COBRO DE ARBITRIOS.

UN PREMIO A LA INEFICIENCIA.

Hasta el 15 de julio podrán emitir normas para cobrar desde el año 2002

El 31 de diciembre del año pasado venció el plazo para que las municipalidades distritales de todo el país aprobaron las nuevas ordenanzas que les permitiera, a partir de este año, hacer los cobros de sus arbitrios correspondientes a este año y también el período 2002-2005.

Es hasta esa fecha que este nuevo conjunto de normas, una vez aprobadas, debían ser también ratificadas por los concejos provinciales y publicadas en el diario oficial “El Peruano”. La razón: El Tribunal Constitucional derogó todas las ordenanzas anteriores al considerar que se violaba una serie de disposiciones constitucionales.

El especialista en derecho municipal, Julio César Castiglioni, advirtió que al no aprobar el cobro de sus arbitrios en la fecha establecida en la Ley de Tributación Municipal, las municipalidades distritales sumían en un caos a sus jurisdicciones. Por un lado – explicó- no pueden cobrar sus arbitrios al no contar con el marco legal correspondiente y, además, no están en capacidad de ofrecer esos servicios a sus vecinos.
Explicó  que los arbitrios son tasas o pagos que deben realizar los vecinos por los servicios que le ofrece su concejo, como el de limpieza pública, áreas verdes y serenazgo.

Aunque pueda parecer contradictorio, las municipalidades distritales que no aprobaron sus ordenanzas hasta el 31 de diciembre, podrían cobrar sus arbitrios del período 2002-2005, pero no los que corresponden de enero a junio de este año. En el primer caso, porque fueron autorizadas a hacerlo por el Tribunal Constitucional, pero en el segundo caso porque rige el principio de irretroactividad de las normas.
Así coincidieron en señalar el especialista en derecho municipal, Julio César Castiglioni, quienes explicaron que para los arbitrios de este año las municipalidades cobran cobrarlo recién a partir del mes siguiente que publiquen la norma. Sin embargo, algunas municipalidades, como la de Breña, por ejemplo, ya está exigiendo el pago de los arbitrios a sus vecinos.

En el caso de la disposición del Tribunal Constitucional, un grupo de organizaciones vecinales ha denunciado al Estado Peruano ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por considerar que ordenar la retroactividad de una norma era una violación a los derechos fundamentales.

EL COMERCIO, MIÉRCOLES, 21 DE JUNIO DEL 2006.


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