¿EN QUÉ CASOS APLICA LA SEGUNDA VUELTA EN ESTAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES?

¿En qué casos aplica la segunda vuelta en estas elecciones regionales y municipales?


El experto en temas municipales, Julio César Castiglioni, explica qué es lo que establece la Ley Orgánica de Elecciones para los comicios del 7 de octubre.

Según explicó a la Agencia Andina el especialista en temas municipales, Julio César Castiglioni, la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) es muy clara al respecto: no hay segunda vuelta para autoridades municipales en ningún caso.
En cambio, la norma sí contempla una segunda vuelta en el caso de las elecciones regionales, entre los dos candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos.
“La segunda vuelta electoral solo es para elegir a los gobernadores o vicegobernadores regionales, así como para la presidencia de la República”, recalcó el especialista.
Por otro lado, recordó que, en el caso de Lima Metropolitana, sus habitantes elegirán al alcalde de la provincia de Lima (que también tiene función de gobierno regional), así como al burgomaestre del distrito que aparece en la dirección domiciliaria de su DNI.
En tanto, el gobernador y vicegobernador regional de Lima (provincias) son elegidos por los electores de las nueve provincias cuya sede administrativa está en Huacho. “En Lima provincias los ciudadanos votan por distrito, provincia, consejeros y región. A ellos les van a dar dos cédulas, en la primera para consejero y región, y en la segunda cédula para municipalidad provincial y distrital”, subrayó.
Andina
CAPITAL, 3 de octubre de 2018

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