UNA EMPRESA DE TRANSPORTE REGRESA A LA TÚPAC AMARU POR RESOLUCIÓN DE INDECOPI
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Especialistas
consultados coinciden en que este fallo supone un golpe contra el
reordenamiento del tránsito en la ciudad.
Hoy podrá circular por la avenida
Túpac Amaru la Empresa de Transportes Especial Solidaridad S.A., luego de que
el Indecopi fallara a favor de esta en un demanda contra la Municipalidad de
Lima, dijo el representante legal de la compañía, Franck Gómez.
El 11 de noviembre la empresa denunció
ante dicha entidad al concejo por prohibirle circular por la referida vía a
través de una resolución de subgerencia, declarada ahora ilegal.
El documento, emitido por la Comisión
de Eliminación de Barreras Burocráticas (se trata de la Resolución
0103-2012/CEB-INDECOPI, con fecha del 26 de abril), presidida por José Luis
Sardón del Taboada, declara una barrera burocrática ilegal la resolución de
subgerencia que modifica la ruta de la empresa.
En la práctica esta modificación es
una revocación de la ruta otorgada originalmente y, según el documento del
Indecopi, la Municipalidad de Lima no cumplió con los requisitos de ley para el
procedimiento administrativo de una revocación.
Esta modificación de la ruta se dio en
el marco del reordenamiento del tránsito de Lima.
ANÁLISIS
OTROS
HARÁN LO MISMO
Julio
César Castiglioni – Abogado Especialista En Derecho Municipal
La modificación de ruta es una revocación. Sin
embargo, la Municipalidad Metropolitana de Lima aplicó de forma indebida el
procedimiento administrativo.
La municipalidad tuvo dos caminos;
anular o revocar. La anulación se hace dentro del primer año en que se otorga
una licencia o concesión. Como este no es el caso, tuvo que iniciarse un nuevo
procedimiento en el que se debía notificar a la empresa para que se defendiera.
La máxima autoridad, en este caso la alcaldesa o el teniente alcalde, tiene que
hacer la revocación. Finalmente tuvo que dársele una indemnización a la empresa
de transporte porque se le quitó un derecho ganado.
Existe un precedente del 2009 con una
empresa de transporte en Huaral. Este precedente es de cumplimiento
obligatorio.
La resolución del Indecopi se ejecuta,
así impugne. Eso se llama la ejecutoriedad del acto administrativo.
Lo que va a ocurrir, probablemente,
es que muchas empresas se van a acoger a
este procedimiento de Indecopi y van a acudir a este organismo para obtener lo
mismo.
Con eso se puede demorar más el
reordenamiento del tránsito en Lima.
Lo mejor que podría hacer la
Municipalidad de Lima, en este caso, sería declarar nula su propia resolución e
iniciar un nuevo procedimiento administrativo para revocar las rutas otorgadas.
El
Comercio – 04 de mayo de 2012

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