EL CONCEJO DE LIMA DICE QUE EL INDECOPI HA COMETIDO UN ERROR DE INTERPRETACIÓN
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Las
combis y coasters de la ruta N° 31, que
opera la empresa Especial Solidaridad, volvieron a circular ayer por la Av.
Túpac Amaru
Más
de cuarenta combis y coasters de la Empresa de Transportes Especial Solidaridad
S.A. volvieron a circular ayer por la avenida Túpac Amaru amparada por una
resolución del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la
Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), que el Concejo de Lima
considera errada.
“Recién nos estamos enterando de que
volvemos”, señalaron algunos choferes con el fallo del organismo en la mano.
La ruta N° 31, que opera esta empresa,
fue modificada en noviembre del 2011 para no competir con el tramo norte del
Metropolitano, pero Indecopi declaró esta disposición barrera burocrática
ilegal, lo que permitió a los vehículos volver.
PROCEDENTE
PARA OTROS
Los transportistas han celebrado la
decisión del Indecopi. Félix Matos, gerente de Especial Solidaridad, informó
que su empresa cuenta con 66 vehículos pero ayer solo circularon algunos porque
recién se están enterando de la noticia. “Han sido mese terribles porque nos
sacaron casi totalmente de la Túpac Amaru. El público se molestaba y se bajaba.
Muchos conductores, por desesperación,
se metían y desde noviembre, hemos acumulado 15 papeletas de S/ 3,600 cada
una”, informó.
DOS
EMPRESAS MÁS IRÁN AL INDECOPI
Tras le resolución del Indecopi a
favor de la empresa Especial Solidaridad, dos compañías más presentarán este
viernes sus demandas ante el organismo.
Según reveló su asesor legal, Frank
Gómez, se trata de emprsas que circulaban por la Av. Túpac Amaru y cuyas rutas
fueron modificadas para no competir con el Metropolitano.
En tanto, Especial Solidaridad anunció
que demandará a la comuna limeña ante el Poder Judicial para obtener una
indemnización. “Hemos perdido más de 20 mil soles”, precisó Félix Matos,
gerente de la empresa.
ANÁLISIS
TODO
FUE HECHO AL CABALLAZO
Julio Castiglioni – Experto en temas
municipales
El fallo del Indecopi simplemente le
dice a la Municipalidad de Lima (MML) que respete el procedimiento
administrativo de la Ley 27444. Acá nadie se está oponiendo a la reforma del
transporte.
El artículo 203 de la Ley del Procedimiento
Administrativo General dice claramente sobre la revocación que “los actos
administrativos declarativos o constitutivos de derecho o intereses legítimos
no pueden ser revocados, modificados o sustituidos de oficio por razones de
oportunidad, mérito o conveniencia”.
Es decir, una vez otorgado el derecho,
no te lo puedo cambiar. Si la MML ahora dice que modificar la ruta no es
revocación de derechos han leído mal la ley.
Además este artículo señala claramente
que se debía dar la oportunidad a los posibles afectados (las empresas de
transporte) para presentar sus alegatos y evidencia en su favor. Todo este
asunto ha sido al caballazo.
Considero una insensatez que la MML
apele el fallo de Indecopi porque lo va a perder.
Luego se irá al Poder Judicial y
también perderá. Lo inteligente sería anular la resolución individual que
modifica la ruta de la empresa Especial Solidaridad e iniciar un nuevo
procedimiento.
Es como si yo quisiera botar a un
trabajador. Nadie dice que no lo botes pero hazlo bien, con un proceso
sancionador o pagándole su indemnización.
Es un Estado de derecho deben
cumplirse los procedimientos.
El
Comercio – 08 de mayo

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