EL CONCEJO DE LIMA DICE QUE EL INDECOPI HA COMETIDO UN ERROR DE INTERPRETACIÓN



·         Las combis y coasters de la ruta N°  31, que opera la empresa Especial Solidaridad, volvieron a circular ayer por la Av. Túpac Amaru


Más de cuarenta combis y coasters de la Empresa de Transportes Especial Solidaridad S.A. volvieron a circular ayer por la avenida Túpac Amaru amparada por una resolución del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), que el Concejo de Lima considera errada.

“Recién nos estamos enterando de que volvemos”, señalaron algunos choferes con el fallo del organismo en la mano.

La ruta N° 31, que opera esta empresa, fue modificada en noviembre del 2011 para no competir con el tramo norte del Metropolitano, pero Indecopi declaró esta disposición barrera burocrática ilegal, lo que permitió a los vehículos volver.


PROCEDENTE PARA OTROS

Los transportistas han celebrado la decisión del Indecopi. Félix Matos, gerente de Especial Solidaridad, informó que su empresa cuenta con 66 vehículos pero ayer solo circularon algunos porque recién se están enterando de la noticia. “Han sido mese terribles porque nos sacaron casi totalmente de la Túpac Amaru. El público se molestaba y se bajaba.

Muchos conductores, por desesperación, se metían y desde noviembre, hemos acumulado 15 papeletas de S/ 3,600 cada una”, informó.


DOS EMPRESAS MÁS IRÁN AL INDECOPI

Tras le resolución del Indecopi a favor de la empresa Especial Solidaridad, dos compañías más presentarán este viernes sus demandas ante el organismo.

Según reveló su asesor legal, Frank Gómez, se trata de emprsas que circulaban por la Av. Túpac Amaru y cuyas rutas fueron modificadas para no competir con el Metropolitano.

En tanto, Especial Solidaridad anunció que demandará a la comuna limeña ante el Poder Judicial para obtener una indemnización. “Hemos perdido más de 20 mil soles”, precisó Félix Matos, gerente de la empresa.
ANÁLISIS


TODO FUE HECHO AL CABALLAZO


Julio Castiglioni – Experto en temas municipales

El fallo del Indecopi simplemente le dice a la Municipalidad de Lima (MML) que respete el procedimiento administrativo de la Ley 27444. Acá nadie se está oponiendo a la reforma del transporte.

El artículo 203 de la Ley del Procedimiento Administrativo General dice claramente sobre la revocación que “los actos administrativos declarativos o constitutivos de derecho o intereses legítimos no pueden ser revocados, modificados o sustituidos de oficio por razones de oportunidad, mérito o conveniencia”.

Es decir, una vez otorgado el derecho, no te lo puedo cambiar. Si la MML ahora dice que modificar la ruta no es revocación de derechos han leído mal la ley.

Además este artículo señala claramente que se debía dar la oportunidad a los posibles afectados (las empresas de transporte) para presentar sus alegatos y evidencia en su favor. Todo este asunto ha sido al caballazo.

Considero una insensatez que la MML apele el fallo de Indecopi porque lo va a perder.

Luego se irá al Poder Judicial y también perderá. Lo inteligente sería anular la resolución individual que modifica la ruta de la empresa Especial Solidaridad e iniciar un nuevo procedimiento.

Es como si yo quisiera botar a un trabajador. Nadie dice que no lo botes pero hazlo bien, con un proceso sancionador o pagándole su indemnización.

Es un Estado de derecho deben cumplirse los procedimientos.




El Comercio – 08 de mayo
                                                                                       


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