RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS


SOLO CINCO DISTRITOS PRORROGAN PLAZO PARA PAGO DE ARBITRIOS

§  En más de 18 municipalidades la ampliación terminó el 31 de marzo.

§  En San Isidro, Jesús María y San Borja se incrementó el pago puntual.


Recaudar a tiempo es una de las vallas más altas que debe sortear la administración municipal en varios distritos de la capital y del interior del país, donde la morosidad en el pago del Impuesto Predial y, especialmente, de los arbitrios municipales se ha convertido en una constante.

Pero quizá el panorama empieza a cambiar, pues de las 18 municipalidades distritales que prorrogaron hasta el 31 de marzo el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y arbitrios (que originalmente vencía el 29 de febrero), solo cinco se vieron obligados a optar por una nueva ampliación.


CON EXPECTATIVA

En tanto, para las municipalidades que establecieron el vencimiento para el pago de tributos el 31 de marzo, la prórroga rindió sus frutos. En Jesús María, por ejemplo, se obtuvo un 11% de incremento en el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y arbitrios en comparación con el mismo período del 2007, informo la gerente de Rentas, Jessica Villegas. Sostuvo que la mejora en la recaudación es resultado de campañas, como Jesús María Puntual, en el que se encuentran 11,000 contribuyentes del distrito.

En San Isidro también hubo mejoras: se recaudó 14% más que el año pasado, según fuentes de la Gerencia de Administración Tributaria. Indicaron que en el primer trimestre del año se captó 43 millones de soles, 84% de los cuales corresponde a Impuesto Predial y arbitrios (en el 3007 se captó en la misma época 38 millones de soles).

San Borja también logró buenos resultados al consolidar el 81% del pago de la primera cuota del Impuesto Predial y arbitrios por limpieza. “Hemos superado las expectativas de cobranza”, comentó Karim Honorio, jefa de Recaudación, al indicar que, al término del primer trimestre del año, este distrito ha recaudado el 40% del monto de emisión presupuestado para el 2008.

¿Y qué pasó en la Municipalidad de La Molina? Difícil saberlo pues hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta al requerimiento de información que se le hizo llegar. Tampoco respondió el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima. Según un reporte del Centro de Estudios Jurídicos y Legales de la Cámara de Comercio de Lima, estas dos entidades concentraron los reclamos por cobro excesivo de arbitrios.



DEL CONSULTOR
JULIO CÉSAR CASTIGLIONI GHIGLINO – ABOGADO
FORMEMOS LA CULTURA DE PAGO

Como sabemos, hay al menos tres especies de tributos: los impuestos, las tasas y las contribuciones. Dentro del impuesto encontramos el hecho imponible que constituye la capacidad contributiva de la persona, en cambio, en las tasas se requiere la existencia de un servicio determinado.

En el impuesto está la capacidad directa – inmediata del pago por el patrimonio que posee una persona, mientras que en la tasa hay una obligación real derivada de la actividad, como por ejemplo limpieza pública, parques y jardines, entre otros.

Empero, es necesario crear una cultura de pago, que premie el pago en forma oportuna y no beneficie a quien incumple su obligación tributaria al establecer amnistías o beneficios.

Esto no solo se logrará con una campaña de capacitación y sensibilización de la ciudadanía, sino también con el informe claro y transparente sobre el costo efectivo del servicio con base en los informes técnicos legales en las tasas.

Del Impuesto Predial, también debe explicarse el destino del dinero que ingresa a las arcas municipales, así, los vecinos sabrán que lo que pagan está bien administrado por su gobierno local.






El Comercio – Lima, sábado 05 de abril de 2008

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